Obligaciones generales.


Sobre el responsable del fichero recaen las principales obligaciones establecidas por la LOPD y le corresponde velar por el cumplimiento de la Ley en su organización. El responsable debe:

  •  Notificar los ficheros ante el Registro General de Protección de Datos para que se proceda a su inscripción.
  •  Asegurarse de que los datos sean adecuados y veraces, obtenidos lícita y legítimamente y tratados de modo proporcional a la finalidad para la que fueron recabados.
  • Garantizar el cumplimiento de los deberes de secreto y seguridad.
  • Informar a los titulares de los datos personales en la recogida de éstos.
  • Facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos de oposición al tratamiento, acceso, rectificación y cancelación.
  •  Asegurar que en sus relaciones con terceros que le presten servicios, que comporten el acceso a datos personales (asesorías fiscales y laborales, prevención de riesgos, servicios informáticos, etc.), se cumpla lo dispuesto en la LOPD.
  • Cumplir cuando proceda, con lo dispuesto en la legislación sectorial que le sea de aplicación.

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